Abogados Expertos en Estafas y Fraudes
Despacho de Abogados especializado en delitos de estafa y fraude, con más de 25 años de experiencia en la defensa de nuestros clientes y sus intereses. Ofrecemos a nuestros clientes asistencia jurídica desde el primer día, asistiendo detenciones en comisaría 24 horas si es necesario.El delito de estafa: definición
Cuando una persona engaña a otra produciéndole error y provocando que realice un perjuicio a si mismo o a otra persona ajena con la finalidad de lucrarse, se denomina estafa.
Este delito se estipula el libro segundo de delitos y sus penas, título decimotercero (delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico), capítulo sexto (de las defraudaciones), sección primera (estafas), artículo 248 del Código Penal.
Diferencias entre delito de hurto y delito de estafa
Estos dos delitos pueden ser confundidos, pero no son lo mismo. La diferencia radica en el conocimiento de la víctima. En la estafa esta no sabe que está siendo engañada por lo que proporciona el bien al autor de la estafa de forma consciente y en el hurto el ladrón sustrae el bien sin conocimiento ni consentimiento de la víctima. En ambos casos no se utiliza la fuerza.

Conceptos de la estafa
El engaño: fundamental para ser considerada una acción delictiva como estafa. Con el engaño se produce una maquinación o maniobra fraudulenta en la que la víctima pone a la disposición del autor de la estafa su patrimonio.
Inducir a error: El autor provoca un error en la víctima, haciéndose eco de su posición de deber jurídico de protección. Provocar a error a otra persona también es considerado una estafa.
El acto de disposición patrimonial: se considera así tanto en cosas materiales como en prestación de servicios. Por ejemplo: un médico proporciona un servicio al autor de la estafa porque esta le ha engañado indicándole que recibiría una retribución por su servicio. Es un comportamiento con valor económico, por lo que el médico ha hecho un acto de disposición patrimonial.
Ánimo de lucro: el autor de la estafa consigue un beneficio económico o una ventaja patrimonial a causa de la apropiación de una cosa con valor económico.
Para que sea considerada una estafa, tiene que haber un nexo causal. Así lo estipula la doctrina y la jurisprudencia. La combinación de los conceptos de una estafa produce una relación de causalidad causando un error a causa de un engaño, proporcionando el bien patrimonial a causa de ello y perjudicando a la víctima al proporcionarlo.
Si el autor de la estafa no es consciente de estar causando una estafa no será considerado como delito pues solo se puede considerar como tal si hay dolo, voluntad y consciencia plena de querer engañar a otra persona causando perjuicio patrimonial a si mismo o otra persona.
No se considera estafa hasta que el bien patrimonial, por error, se da al autor de la estafa y este lo recibe de la víctima.

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